Opinión

Uso medicinal de la cannabis: El derecho a vivir sin dolor

Ya hablamos de las batallas legales: hoy toca sobre el uso medicinal de la cannabis.

En el episodio anterior hablamos de las aventuras mayúsculas de nuestros amigos abogados y especialistas en políticas de drogas. Vamos ahora a detenernos en el camino de la regulación del uso medicinal de la cannabis.

Grandes batallas libraron para lograr que cualquier ciudadano hoy pueda, si así lo desea, tramitar un amparo para consumir cannabis y ponerse chido mientras no haya una ley que lo permita libremente.

En el caso del uso medicinal de la cannabis, éste camino también inició con un amparo.

El caso de Graciela.

Graciela Elizalde, es una dulce niña que ahora tiene 13 años (cuando empezó este proceso tenía 8 años), vive en Monterrey y padece un tipo de epilepsia muy grave denominada Lennox-Gastaut.

Esta enfermedad le provocaba hasta 400 episodios diarios, mermando su salud de manera severa.

Sus padres, desesperados después de probar varios tratamientos convencionales, incluso operaciones muy riesgosas, decidieron intentarlo con tratamientos alternativos que en varias partes del mundo habían mostrado resultados.

Por ello, comenzaron una cruzada para que la Secretaría de Salud, vía COFEPRIS, les autorizara la importación de un medicamento con un derivado de la cannabis conocido como CBD o cannabidiol, utilizado por pacientes en EE.UU., Canadá, España, Uruguay y Brasil.

En julio de 2015, el juez Martín Santos Pérez concedió a Grace un amparo en el cual se ordenaba a la COFEPRIS permitir a sus padres importar el medicamento que necesitaba.

Entonces COFEPRIS consigna ante el juez, a favor de Grace, el permiso de importación para el medicamento Epidiolex.

En enero de 2016, COFEPRIS pone a disposición dos permisos de importación con similares condiciones para el producto importar aceite de CBD.

El caso, que sentó las bases para lo que a continuación les voy a contar, en agosto del 2016, el juez dicta sentencia a fin de desincorporar la prohibición de cannabis y derivados con fines médicos de la LGS, para el caso de Grace.

Hoy su salud, sin duda, ha mejorado de manera impresionante.

La iniciativa de Enrique Peña Nieto.

En abril del 2016, el expresidente Enrique Peña Nieto presentó, desde el poder ejecutivo, una iniciativa al Congreso para reformar la Ley General de Salud y el artículo 195 del Código Penal Federal.

El objetivo: permitir el uso de cannabis con fines medicinales e incrementar la portación de cannabis hasta 28 gramos.

La idea general de la iniciativa era que se abordara el tema como un problema de salud pública; que se dejara de criminalizar al usuario y en particular a quien sufre una adicción.

Y, además, enfocar las políticas públicas en resguardo de los derechos humanos, como el derecho a vivir sin dolor, pues ha sido probado científicamente que los componentes de la cannabis inciden de manera importante en su disminución.

En diciembre del 2016, que le aprueban al expresidente Peña su iniciativa en la Cámara de Senadores.

El dictamen fue aprobado por las Comisiones de la Cámara de Senadores y el proyecto fue turnado a la Cámara de Diputados para su revisión – (Nay Salvatori, por favor toma nota del proceso legislativo).

Después, las Comisiones Unidas de Justicia y Salud de la Cámara de Diputados presentaron dictamen a discusión, mismo que fue puesto a votación en el Pleno, siendo aprobado en los mismos términos que lo hizo el Senado.

Sse lo regresaron al preciso, lo firmó y ¡pum!

Uso medicinal de la cannabis al Diario Oficial de la Feredación.

Con fecha del 19 de junio de 2017, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el «Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y el Código Penal Federal».

En éste se regulan los derivados farmacológicos de la marihuana, especialmente la sustancia activa denominada Tetrahidrocannabidiol (THC), sus isómeros y variantes estereoquímicas -sí, así se llama el decretito- y entró en vigor con fecha 20 de junio del año 2017.

En teoría, desde esa fecha se elimina la normativa que indicaba a la Cannabis sativa, índica y americana o marihuana que impedía la realización de cualquier actividad de la cadena productiva con la planta y sus derivados.

¡Se podían utilizar a la cannabis con fines médicos y en la investigación científica!

Además, los productos que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del 1% o menores de THC (el cannabinoide psicoactivo) y que tengan amplios usos industriales, podrán comercializarse, importarse y exportarse.

¿Entonces ya todo en forma? Pues no.

Peeero, sí amigos, hay un pero, como siempre con nuestras autoridades. Desde esa fecha, la COFEPRIS NO HA PUBLICADO EL REGLAMENTO con la normatividad secundaria o precisa en esta materia. 3 años y tooooooodo sereno.

En agosto del 2019, otro juez le mandó recadito a COFEPRIS sobre su obligación para garantizarle el medicamento necesario a base de cannabis. Ahora para el caso de Carlos, un adolescente de 15 años que padece discapacidad múltiple y epilepsia, quien necesita un fármaco resistente asociado al síndrome de West.

Carlos, a través de su mamá, Margarita Garfias, obtuvo un amparo y logró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenara a la Secretaría de Salud-COFEPRIS que le garantice un medicamento a base de cannabis.

Este amparo es muy importante porque también beneficiará a personas que necesitan cannabis para sus tratamientos.

En el amparo la Corte también ordenó a COFEPRIS armonizar las disposiciones en el uso terapéutico de la cannabis y sus derivados en 180 días hábiles. Es decir, publicar el bendito reglamento que tanta falta hace.

La SCJN consideró que el Ejecutivo incumplió el mandato de la reforma de junio de 2017 a la Ley General de Salud, que dio seis meses para emitir normas para legalizar el cannabis con fines médicos, proceso que no se cumplió.

A la fecha, sigue sin cumplirse.

En nuestro siguiente episodio veremos en qué va este proceso de la regulación de la cannabis y si antes de que acabe el año tenemos buenas noticias.