Opinión

Legalización de la mariguana: Desde la sociedad civil hasta la Corte

Para empujar la legalización de la mariguana, llegaron los abogados.

En una entrega anterior comenzamos a hablar de la legalización de la mariguana, tema en el que la sociedad civil la que empujó las iniciativas para regular el uso medicinal y adulto de la cannabis.

Concretamente gracias a un grupo de abogados, bien abusadillos, que lograron lo que al Estado Mexicano le importaba un rábano proponer y garantizar.

La historia de nuestros ilustres abogados y abogadas comenzó desde el 2013.

Buscaron provocar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, querían que se pronunciara respecto a la constitucionalidad de la política prohibicionista de drogas, específicamente de la cannabis.

Cannabis, sólo para empezar.

Ellos van por todas las drogas, pero poquito a poco.

Vamos viendo. Primero, solicitaron a la COFEPRIS cinco permisos (no todos al mismo tiempo, fue pian pianito) para poder sembrar, cultivar, cosechar, consumir y transportar cannabis.

Recordemos que la cannabis actualmente está catalogada así:

La Comisión Federal para la protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud. Se encarga –en teoría- de todo lo que tiene que ver con el consumo humano y su impacto en la salud, y quien, por el momento, autoriza todo lo que tiene que ver con consumo y actividades relacionadas con estupefacientes.

Ante tales solicitudes de permiso, la COFEPRIS negó una y otra vez su autorización (hasta la fecha es así, no ha autorizado ningún permiso para consumo personal).

Las demandas para la legalización de la mariguana.

Entonces, este grupo de abogados de la mariguana, al que también se sumó México Unido Contra la Delincuencia, se preparó para demandar al Estado mexicano.

Ante las negativas, se llevaron tres años de litigio y se llegó a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), bajo la ponencia de Arturo Saldívar Lelo de Larrea.

El 5 de noviembre de 2015, con cuatro votos a favor y uno en contra, la Corte resolvió que la política prohibicionista, violaba los derechos humanos, básicamente el del libre desarrollo de la personalidad.

Es decir, la Corte amparó a cuatro personas, mayores de edad para hacer uso personal de la cannabis.

Teniendo esta sentencia, se replicó la estrategia con otros cuatro amparos hasta generar jurisprudencia (conjunto de sentencias- se necesitan cinco con una resolución en el mismo sentido).

En octubre de 2018, la misma Primera Sala de la Suprema Corte resolvió un quinto amparo en el mismo sentido.

Esto significó que todos los jueces y magistrados de México, desde esa fecha, están ahora obligados a resolver los amparos que de esta materia se presenten, el sentido de que la prohibición del uso personal de la cannabis es inconstitucional.

¿Qué significa esto?

En términos sencillos, cualquier ciudadano o ciudadana que obtenga un amparo de estos, puede (podemos) cultivar y consumir cannabis con fines recreativos.

Oséase, podemos tener una plantita en nuestro balcón, cosechar y fumar en casita. Es decir, ya tenemos ese derecho, peeero, aún no está plasmado en ninguna ley.

Los consumidores amparados no pueden vender y/o distribuir. La declaratoria no incluye el comercio, suministro, enajenación o distribución de cannabis.

Es importante compartir que uno de los cuatro amparos fue resuelto con la posibilidad de importar semillas o adquirirlas de proveedores autorizados por la COFEPRIS, hecho que aún no sucede.

También es importante señalar que en ninguno de los amparos la Corte se pronunció sobre la despenalización de la cannabis.

Nomás para estar bien enterados, estos son los artículos de la Ley General de Salud que la SCJN declaró inconstitucionales: el último párrafo del artículo 235, el 237, 245, fracción I, 247 último párrafo, y el 248.

Legalización de la mariguana: el camino a seguir.

Litigio histórico.

Este litigio histórico es la antesala del dictamen de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis que aprobaron los senadores el 19 de noviembre de este 2020. Ahora tienen los diputados en su escritorio y que deberán aprobar en el siguiente periodo legislativo.

Podemos preguntarle a Nay Salvatori el proceso legislativo que resta, pero mejor les sigo contando despacito, no nos vaya a pasar lo mismo y celebremos antes de tiempo.

Entonces, recapitulando, en el camino del uso adulto de la cannabis, la jurisprudencia derivada del litigio del grupo SMART y México Unido Contra la Delincuencia, es básicamente el referente de todas las iniciativas para regular el uso adulto de la cannabis presentadas en ambas Cámaras desde el 2013 hasta la fecha.

En nuestro siguiente episodio veremos cómo también son los propios padres y madres de familia los que con tesón han logrado que sus hijos e hijas tengan el medicamento con cannabis que necesitan.